Las Administraciones Locales españolas pueden recurrir al crédito a largo plazo (mas de un año) para financiar inversiones, así como para otras finalidades como dotar de capital a las empresas públicas dependientes, refinanciar las deudas preexistentes, etc.
Igualmente pueden recurrir al crédito a corto plazo para financiar desfases producidos en la tesorería local, como consecuencia de desajustes temporales entre las corrientes de ingresos y gastos de cada ejercicio económico.
Los gobiernos locales pueden endeudarse libremente, con algunas limitaciones establecidas por la Ley. Los gobiernos locales pueden endeudarse libremente, con algunas limitaciones establecidas por la Ley. Estas limitaciones definen los casos en que el endeudamiento ha de ser autorizado por el Ministerio de Economía y Hacienda o por la Comunidad Autónoma correspondiente.
Para llevar a cabo estas operaciones será preciso, en ciertos casos autorizaciones de operaciones.
Con el objeto de poder contrastar los datos se dispone de una Central de Información de Riesgos que permite también la explotación de Información agregada.